Cui prodest bellum

Cualquiera que sea el resultado de la “operación militar especial” rusa en Ucrania, esto podemos dar por seguro: el electorado de la Europa atlantista quedará persuadido de la absoluta necesidad de la OTAN y -relegando al olvido cualquier idea de disolver una alianza que, en puridad, perdió su razón de ser hace ya más de tres décadas- dará carta blanca a sus gobernantes para embarcarse en enormes incrementos del presupuesto militar en sus respectivos países. Con la disculpa de que necesitamos perentoriamente defendernos del oso ruso, los miembros europeos de la OTAN gastarán en material bélico fabulosas cantidades de dinero extra que saldrá, por supuesto, del bolsillo de los contribuyentes. Ya el canciller Shcolz ha anunciado su intención de aumentar el gasto militar de Alemania en unos cien mil millones de euros para el próximo año. Los demás países de la Alianza a este lado del Atlántico harán, en mayor o menor medida, otro tanto; e incluso el muy pacifista gobierno de Pedro Sánchez se verá presionado para aumentar nuestro presupuesto de defensa, mal que les pese -al menos de boquilla- a sus socios comunistas.

Y una buena mitad de la multimillonaria cifra que Europa puede llegar a gastar durante los próximos años en armamento, tecnología y material bélicos irá a parar a las arcas del Tío Sam, Sigue leyendo

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Indefensión del paciente maltratado. V: La indefensión

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Así, armado con esta confirmación judicial del maltrato recibido, el paciente hizo un nuevo intento para que dicha conducta fuese sancionada, dirigiéndose al efecto una vez más, mediante sendas cartas, a quienes tan poco crédito le habían otorgado hasta el momento: Antonio Sanz Marca, director del hospital Parque Vía de la Plata, y Pedro Hidalgo Fernández, presidente del Colegio de Médicos de Badajoz. En ellas, solicitaba la reapertura del expediente disciplinario contra el siquiatra. Pero ambos destinatarios, desentendiéndose de la insoslayable realidad que los hechos acreditados ponían de manifiesto, no se dignaron siquiera acusar recibo de esta nueva solicitud, pese a la responsabilidad que podría caberles si, dejando impune la conducta descrita en la sentencia, su autor la repitiese de modo semejante -o peor- con otros enfermos.

En vista de este silencio, el paciente acudió por último, en busca de amparo, a quienes estaban en condiciones de ofrecerle alguno, y presentó dos nuevas reclamaciones: una ante la compañía Segurcaixa Adeslas (como asegurado de la cual había acudido a tan malhadada consulta), responsable última de la calidad del servicio médico prestado a sus clientes, y otra ante la Consejería de sanidad y servicios sociales de la Junta de Extremadura, garante de los servicios sanitarios y derechos del paciente en dicha comunidad; pero nuevamente sus denuncias fueron desoídas, pues ambas instancias “echaron balones fuera” y se desentendieron del caso. Adeslas respondió con un incoherente escrito, firmado por Juan Romero Cadaval (jefe del Servicio de atención al cliente en Badajoz), en que venía a aducir que los centros y profesionales concertados trabajaban bajo su propia responsabilidad -lo cual es cierto-, sin someterse al control y los criterios de la aseguradora, lo cual es perfectamente absurdo, ya que Adeslas siempre puede eliminar de su cuadro a un médico del que tenga acreditada queja, y por tanto los profesionales concertados tienen que someterse, directa o indirectamente, a los criterios de la aseguradora; así que sostener lo contrario tiene poco sentido. Por su parte, Laureano Marín Lencero, médico jefe del Servicio de inspección sanitaria de la Junta de Extremadura, se lavó las manos mediante un argumento de escaso o nulo rigor jurídico, aduciendo que no procedía resolver ninguna actuación investigadora al respecto porque “la discrepancia” (sic) en la atención sanitaria dispensada por el siquiatra había sido “dilucidada a nivel judicial”, lo cual resulta falaz, toda vez que lo así “dilucidado” no fue discrepencia alguna, sino la posible comisión de un delito de coacciones contra el facultativo; asunto éste muy distinto -por mucho que hubiese una conexión- del elevado por el paciente al Servicio de inspección sanitaria: a saber, la acreditada falta de respeto del siquiatra para con él. Así que, mediante esa evasiva respuesta, el Sr. Martín Lencero dejaba de manifiesto su escasa voluntad de ocuparse de tan intolerable conducta médica, pese a que dentro de las competencias de su Consejería entra la supervisión de la calidad de los servicios médicos en los centros públicos y concertados.

Conclusión:

La indefensión en que se hallan los usuarios de los servicios médicos en España es total. Como se ve en el caso aquí relatado, ni el colegio profesional, ni la dirección del hospital, ni la compañía aseguradora, ni el gobierno autonómico tuvieron interés en corregir, o al menos tomar en consideración, el inaceptable trato deparado a un enfermo por parte de su propio siquiatra, aun tras haber quedado acreditado tal dato según descripción judicial. Pero la indefensión no quedó ahí, porque lo cierto es que, pese a ser la salud asunto tan absolultamente prioritario en la percepción popular y no cesar de confirmar su importancia todos nuestros políticos, ora para inflar o adornar sus discursos, ora para elogiar hasta el rubor las excelencias de un sistema sanitario cada vez más en entredicho, no hay en nuestras administraciones públicas un solo organismo, negociado, observatorio u oficina que tenga como misión específica la defensa del paciente.

Ahora, eso sí: desde los medios de comunicación no cesan de influir para que nos alineemos con la omnipotente corporación médica y sus plañidos por las agresiones que ellos sufren a manos de sus pacientes, mientras los poderes públicos no escatiman ninguna medida para “proteger” a los médicos de quienes, en realidad, se encuentran a merced de éstos, e infinitamente más indefensos. Y si ya es bastante deplorable -aunque en cierto modo coherente- que esto suceda con gobiernos de corte liberal, supuestamente más proclives a favorecer los intereses de castas privilegiadas aun en perjuicio del ciudadano de a pie, que suceda lo mismo con gobiernos de pretendido énfasis social que dicen defender a ultranza los intereses de “la gente” supone, además, una grosera burla.

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Indefensión del cliente maltratado. IV: La sentencia

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Mientras el hospital Vía de la Plata y el Colegio de Médicos de Badajoz contribuían, con su inacción, a que el tiempo fuese borrando las huellas y el recuerdo del maltrato deparado por el siquiatra a su paciente, tuvo lugar la vista oral del juicio seguido contra éste a partir de la denuncia penal que -para mayor infamia- fue interpuesta contra él; y recayó la correspondiente sentencia, que fue absolutoria. La denuncia era tan poco digna de crédito que, pese a haberse presentado la acusación en juicio acompañada de un testigo para declarar contra el paciente -en tanto que éste no contaba con testimonio alguno a su favor-, el juzgador no pudo sino resolver su absolución. De hecho, el propio denunciante pudo haber contribuido a que recayese esta sentencia desestimatoria, pues en la vista oral dio muestras de su atrabiliario carácter enfrentándose con manifiesta hostilidad al defensor del denunciado.

Más aún: del propio tenor de la sentencia se desprendía, como derivada directa, la deplorable profesionalidad del médico, pues, entre otras cosas, en su texto el juez establecía como acreditado que existió “una falta de respeto recíproca entre ambas partes […] a todas luces reprochable moral y socialmente, a la par que inaceptable; viniendo con esto a confirmar, en buena medida, la existencia del indigno trato originalmente denunciado por el paciente. Y el hecho de que un juez, en un pronunciamiento, calificase de ese modo la conducta del siquiatra debería haber sido de trascendencia decisiva para el Colegio de Médicos y Hospitales Parque, en tanto reforzaba, con valor jurídico y legal, lo que hasta entonces se habría podido considerar sólo como la mera palabra de un paciente -sin presunción de veracidad- contra un miembro de dicho colegio y empleado de dichos hospitales -con presunción de inocencia-; y si la conducta del especialista fue reprochable e inaceptable moral y socialmente, con más razón lo sería ética y profesionalmente. Bien es cierto que, careciendo -insistimos- de testimonios a favor del paciente, el juzgador afirmó de éste otro tanto (la falta de respeto -sentenció- fue recíproca); pero tal circunstancia, aunque fuese verdadera, no habría justificado ni excusado el inaceptable proceder del facultativo, pues cuando se produjo el incidente los roles de denunciante y denunciado no eran equiparables: no se trataba de dos ciudadanos cualquiera enzarzados en una disputa, sino de médico y paciente; y estando el segundo bajo los cuidados clínicos del primero, tenía éste la obligación laboral y profesional, no condicionada a reciprocidad, de procurar el bienestar de aquél y tratarlo con respeto y calidad humana, como dispone el código deontológico.

En concreto, al proferir ofensas y amenazas contra un enfermo, el colegiado estaba vulnerando no uno, sino varios preceptos del código que debe regir su conducta; a saber: el deber de anteponer la salud del paciente ante cualquier otra conveniencia (art. 5.3), el deber de no perjudicarlo jamás en modo alguno (art. 5.4), el deber de guardar las formas y observar una conducta adecuada (art. 8.1), el deber de tratar al enfermo con corrección y delicadeza (art. 9.2), la prohibición de estigmatizar al paciente psiquiátrico (art. 13.4), evitar que las quejas del paciente afecten a la relación o a la calidad de la atención prestada (17.2) y la obligación de prestar una atención de calidad humana (art. 21.2).

(Continúa…)

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Una media verdad es una mentira completa: La variante Ómicron, inmunidad cruzada y la inventada ilusión de un virus sin precedentes

(NOTA: esta entrada es la traducción literal de este artículo publicado por Julius Ruechel. Donde habla de “nuestras instituciones”, “nuestros funcionarios”, etc., se refiere a Canadá, salvo que del contexto se infiera otra cosa. El lector sabrá si es extrapolable a su propio país. Con la palabra “coronavirus” se refiere a toda esa familia de virus. Para especificar, utiliza “SARS-CoV-2”.)

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Un estudio publicado en medRxiv el 2 de diciembre de 2021 (preimpresión) encontró que: “los indicios a nivel poblacional sugieren que la variante ómicron lleva asociada una significativa habilidad para evadir la inmunidad adquirida tras una infección anterior”. A primera vista, esto parece en directa contradicción con el elevado número de estudios recientes que demuestran una inmunidad duradera al covid tras una infección natural (más de 141 estudios hasta la fecha). ¿Cómo pueden ambas cosas ser ciertas?

Entretanto, otro estudio publicado en medRxiv (preimpresión) el 8 del mismo mes confirmaba que la variante Ómicron está escapando a la vacuna, lo cual significa que la hornada actual de vacunas no es capaz de neutralizarla. Mala suerte para quienes llevan ya tres dosis del elixir mágico: de vuelta a la casilla de salida.

Pfizer ya ha asegurado al mundo que puede tener lista una vacuna Ómicron para marzo del 2022. El director de BioNTech ha confirmado que la vacuna Ómicron será de tres dosis. Y en una entrevista en el Wall Street Journal, cuando preguntaron al director de Pfizer si es una buena noticia que la variante ómicron se contagie más rápido pero sea menos nociva -y por tanto ofrezca una salida a la crisis vía inmunidad natural-, respondió que no sería buena noticia porque más contagios pueden significar más mutaciones (o sea, nuevas variantes). Sí: en efecto, le preguntaron a un fabricante de vacunas si la inmunidad natural podría proporcionar una solución alternativa para acabar con la pandemia (ahí no hay conflicto de intereses). Por supuesto dijo que no. Por supuesto la excusa es… el riesgo de más “variantes”. Y por supuesto la única solución que le parecía viable es… más vacunas. No dejemos que el espejismo de una crisis se desperdicie, ¿eh?

Y en el colmo de la demencia, Sigue leyendo

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Indefension del paciente maltratado. III: La infamia

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Las denuncias que la víctima del mencionado maltrato interpuso ante ambas instancias contra el psiquiatra del Vía de la Plata no sólo cayeron en saco roto, sino que, tras incumplir Hospitales Parque su promesa de realizar una investigación del incidente, y decaer por parte del Colegio de Médicos el interés inicialmente expresado en preservar el buen ejercicio deontológico de la profesión, a aquel desdichado le esperaba una sorpresa aún peor: por toda respuesta a sus indignadas reclamaciones, recibió una notificación del Juzgado de Zafra comunicándole que se instruía proceso penal contra él por una denuncia que el psiquiatra había presentado acusándolo de un delito de coacciones. Es decir, que no contento con haber deparado un trato denigrante a su paciente (con ofensas, amenazas y revelación de datos personales en público), el médico, tras haber tenido conocimiento de las reclamaciones contra él interpuestas, no dudó en denunciarlo penalmente (a modo “defensivo”, y acaso también con ánimo vengativo) merced a una distorsión de los hechos; añadiendo con esto, al agravio, la infamia.

En la denuncia penal, entre falsedades e imprecisiones, venía a ofrecerse el siguiente relato (las cursivas son extractos del escrito de denuncia): Sigue leyendo

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Afirmacionismo y negacionismo

Antes que nada, una aclaración: Últimamente, y de manera harto malintencionada, se ha adulterado el significado real de la palabra negacionista (“el que niega determinadas realidades y hechos históricos o naturales relevantes, especialmente el holocausto”, según la RAE) para, aprovechando su carga peyorativa, aplicárselo a quienes, sin negar nada, simplemente prefieren no vacunarse contra la covid. En este texto, por simetría morfológica denomino afirmacionistas a los guerrilleros de la vacunación universal obligatoria y, en general, a quienes aceptan de modo acrítico cualquier información (por muy infundada, contradictoria o absurda que sea) relacionada con dicha enfermedad siempre que provenga de la OMS, las agencias del medicamento, las autoridades sanitarias u otros entes a los que la prensa generalista condescienda en otorgar marchamo de veracidad.

Aparte, para evitar cacofonías y redundancias, a veces sustituyo la palabra vacuna por la más apropiada medicamento o la más específica FIASCO (Fórmula Intravenosa Anti Sars-COv-2), de mi propio cuño.

Y entro ya en materia. Según vienen demostrando las estadísticas (y declaran los propios fabricantes), las vacunas covid disponibles hoy día, si bien disminuyen la nocividad del coronavirus en el inoculado que lo contrae y mejoran sus condiciones de recuperación (que no es pequeño logro), no impiden que pueda contagiarlo a terceros en igual medida que el no inoculado; de donde se sigue que la vacunación, aunque útil para auto-protegerse, resulta inefectiva para proteger a los demás. O dicho de otro modo: con su rechazo, el negacionista no arriesga la salud de otros, sino sólo la propia. Sin embargo, esta sencilla realidad -comprensible hasta para el más cortito-, lejos de servir para atemperar la beligerancia de los afirmacionistas ha hecho que se pongan bastante nerviosos -cuando no desquiciados- al ver invalidado su argumento inicial; lo cual, dicho sea de paso, da una buena pista sobre la irracionalidad de su credo. Sigue leyendo

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Indefensión del paciente maltratado. II: El fiasco

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El maltratado enfermo, con el fin de obtener una reparación personal e intentar evitar que la inaceptable conducta del siquiatra quedara del todo impune, y que éste pudiera cobrarse nuevas víctimas en futuros pacientes, presentó sendas quejas ante quienes pensó que tenían el cometido de defenderlo y velar por el correcto ejercicio de la profesión médica: el servicio de Atención al Paciente de Hospitales Parque -por un lado- y el Colegio Oficial de Médicos de Badajoz -por otro-. En ambas reclamaciones, tras narrar con todo detalle el traumático episodio, y dada la gravedad de éste, solicitaba que se llevase a cabo una investigación a fondo, recabando tantos testimonios como fuera posible y comprobando las grabaciones -si existían- de eventuales cámaras de seguridad que pudiesen haberlo registrado; y que, en base a lo averiguado, el colegiado fuera sometido al pertinente tribunal deontológico y expediente disciplinario a fin de ser sancionado por su proceder, e incluso separado de la carrera médica o, al menos, de la especialidad de siquiatría, pues parecía evidente que tan desabrido e iracundo temperamento era incompatible con una atención sanitaria de calidad a pacientes con trastornos mentales; más bien al contrario: el propio facultativo parecía estar precisado de algún tipo de terapia. Por último, solicitaba le fuese facilitado el informe médico que había pedido durante la referida consulta, por creer tener derecho a él.

Desde Atención al Paciente de Hospitales Parque (única e ineficaz herramienta que esa opaca cadena hospitalaria pone a disposición de sus usuarios) recibió, a vuelta de correo, un mensaje firmado por Jesús Ramírez Bayona agradeciéndole la carta e informándolo de que “procedemos a trasladar el incidente a nuestros compañeros de Zafra para estudiar y valorar el caso” (se entiende que “nuestros compañeros de Zafra” es la dirección del hospital Vía de la Plata, a cargo de Antonio Sanz Marca). Una semana más tarde, ante la ausencia de noticias, volvió a escribir a dicho servicio, desde donde Jesús Ramírez le contestaba que seguían “trabajando en el caso que plantea, hemos abierto una investigación interna de su caso para recabar toda la información. Esperamos poder contestarle a la mayor brevedad”. No obstante, Sigue leyendo

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Indefensión del paciente maltratado. I: El maltrato

En marzo de 2021 se produjo un incidente insólito -tanto que, para quienes no lo presenciaran, resultaría difícil de creer- en el hospital Vía de la Plata (grupo Hospitales Parque), en la pacense localidad de Zafra. Los hechos fueron los siguientes:

Un paciente, en tratamiento por un prolongado trastorno ansioso-depresivo, acudió a una cita con el siquiatra del hospital. En la consulta, lo puso al día de su evolución, le pidió que le actualizase el tratamiento y, por último, que le facilitase un informe clínico. El médico, que desde el primer momento le había mostrado muy poca empatía, al escuchar esta petición adoptó una actitud abiertamente hostil y lo acusó, con singular grosería, de albergar intenciones fraudulentas; en concreto, la de querer impostar una incapacidad laboral. Además, a partir de ese momento ya no quiso atender a las razones que el enfermo le ofrecía ni escuchar sus protestas por aquel hostigamiento emocional que estaba recibiendo de quien, se supone, tenía el cometido de mitigar el padecimiento mental de sus pacientes, no el de agravarlo. Cualquier médico es libre de sospechar que quien tiene enfrente es un deshonesto ciudadano, o incluso un potencial estafador del sistema sanitario (de lo cual, seguramente, no faltan casos), pero no tiene derecho a elevar esa sospecha al rango de certeza y, menos aún, a reprochárselo zafiamente al presunto engañador. En el caso de un siquiatra, esta improcedente conducta resulta aún más grave debido a la naturaleza particularmente delicada de las dolencias que corresponden a dicha especialidad: lo correcto y profesional habría sido guardarse las sospechas para sí y atender al paciente con corrección y respeto, pues no es función de la medicina juzgar al enfermo ni, menos aún, condenarlo. Sigue leyendo

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